Revocación o ratificación: dos caras de la misma moneda

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por Víctor Orozco    Abril 7 de 2022

Hay un curioso argumento que esgrimen quienes se oponen al ejercicio del 10 de abril, diciendo que la revocación del mandato es un procedimiento diseñado exclusivamente para que los ciudadanos descontentos «castiguen» a un presidente o a cualquier otro funcionario. No sirve —dicen— para ratificar o reafirmar, sino sólo para defenestrar, es por eso que sostienen que hoy este mecanismo está siendo utilizado mañosamente en sentido contrario. Lo he leído en incontables ocasiones, incluso en voz de sesudos académicos.

Sin embargo, este razonamiento olvida que una consulta popular es promovida por un grupo de ciudadanos ante la autoridad electoral, de modo que pueden solicitarla quienes aspiran a la remoción del funcionario cuestionado, como aquellos que buscan una declaración explícita, por parte de la mayoría de los electores, del deseo de que un funcionario determinado continúe en el encargo. «¿Por qué habrían de hacerlo si dicho funcionario fue electo para un período que aún no termina?», se arguye. La respuesta simple e inmediata es: «porque están en su derecho, ya que la ley no lo prohíbe». Pero para no acudir a una respuesta tan tajante, aunque insuperable, pensemos en dos de la gran cantidad de motivaciones que pueden animar a los «ratificadores», para llamarlos de algún modo.

En ciertas circunstancias, un gobierno puede estar sometido a presiones y ataques que impidan u obstaculicen sus tareas en favor del interés de todos; entonces, es perfectamente lógico que quienes lo apoyan y están de acuerdo con sus políticas públicas, si así lo estiman necesario o conveniente, soliciten la consulta con la intención de fortalecer al mismo gobierno y evitar, quizá, una salida violenta ante una crisis, optando mejor a una solución política. Ahí la pregunta es previsible: ¿estás de acuerdo en que tal funcionario (presidente, gobernador, etc)  permanezca en el cargo hasta la terminación del período para el cual fue electo, o estás a favor de que se retire?

Veamos otro caso: una de las principales propuestas de campaña y de la plataforma política con la cual triunfó el candidato, ahora funcionario, fue justamente someterse a los resultados de una consulta popular a medio camino de su administración. El propósito explícito es impedir que gobernantes ladrones, represivos o ineptos, sigan haciendo de las suyas, sin que haya remedio para detener sus desmanes. Si una medida como ésta fue aprobada por abrumadora mayoría de los electores, luego entonces una parte de ellos, en cumplimiento de su plataforma programática, se organiza y solicita a la autoridad electoral que convoque y organice tal consulta, en la cual cada ciudadano tendrá oportunidad de votar por la permanencia en el cargo o la dimisión del gobernante. Éste es justamente el caso del actual procedimiento de revocación del mandato, que tendrá su culminación el próximo 10 de abril.

Ante esto me pregunto: ¿qué habrían dicho los recalcitrantes enemigos del gobierno si el presidente se hubiera negado a someterse a una consulta a pesar de su promesa? Ya estaríamos escuchando las letanías, las quejas e insultos, y nos hallaríamos obligados a soportar los ataques por el incumplimiento.

Ahora bien, quienes apoyamos al presidente vamos a votar para fortalecer su gobierno. ¿Por qué hemos de hacerlo? Por la sencilla razón de que así lo deseamos. Quienes apuestan porque el presidente se vaya deberían acudir para expresarlo así con su voto. ¿Por qué no lo hacen? Muy sencillo: porque temen quedar en minoría, aunque esto equivale a la actitud nada democrática e inconsecuente de aquel que dice «si puedo ganar le entro a la competencia, si no, la descalifico con cualquier pretexto y declaro que es una farsa».

Sin embargo, este manido argumento también se olvida de que tanto en el caso de quienes se organicen para pedir la continuidad del mandato, como quienes lo hacen para pedir la dimisión del funcionario, están sujetos a las mismas reglas y deben acudir ante la autoridad electoral, que es la que determinará si reunieron los requisitos, entre ellos y de manera fundamental el de un mínimo de firmas solicitantes. En este sentido, desde el punto de vista jurídico, no hay ninguna diferencia por más que las aspiraciones de unos contradigan a las de los otros: tanto si están a favor del gobierno como en su contra, han de someterse al mismo procedimiento. Así, quien organiza la consulta no son los solicitantes o promoventes, sino las autoridades en cada una de sus facultades y atribuciones; de allí otra grave incongruencia de quienes negándose a votar denuncian como fraudulenta la consulta, al mismo tiempo que defienden a ultranza a la autoridad convocante y ejecutora, como lo es en este caso el Instituto Nacional Electoral.

Otra reflexión más. Considerar que este tipo de consultas sólo pueden tener como objetivo revocar el mandato o quitar al funcionario, es olvidar que siempre pueden tener uno de dos resultados: el favorable o el adverso a quienes la pidieron. Aún en el caso de que los demandantes estuvieran llamando a la salida anticipada del funcionario, al organizarse la consulta tienen igual derecho de hacer proselitismo o propaganda los partidarios de uno u otro bando. Dicho de otra manera, la consulta implica siempre dos caras de la misma moneda: o se revoca el mandato o se ratifica al funcionario.

En este contexto, la oposición al gobierno de la Cuarta Transformación se ha enredado de tal manera en sus argumentos que ahora exige a López Obrador que termine su mandato, cuando en el pasado reciente ha insistido reiteradamente que se vaya, acusando de manera expresa o implícita a su gobierno como el causante de un desastre nacional.  A esta insólita situación la llevó el pánico que le provoca perder abrumadoramente en una consulta democrática.

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